Montevideo, 11 feb
- La ley de Caducidad que impide los juicios contra militares y policías acusados de violaciones de los derechos humanos durante la dictadura uruguaya (1973-1985) sufrió un nuevo golpe al ser declarada inconstitucional por la Suprema Corte de Justicia (SCJ) para el caso de cinco guerrilleros asesinados.
En virtud de este fallo, del que se informó hoy, la justicia podrá investigar las muertes de Héctor Brum, María de los Ángeles Corbo, Graciela Estefanell, Floreal García y Mirtha Hernández, lo que hasta ahora impedía la llamada "Ley de Caducidad".
El fallo supone que la ley de Caducidad "será inaplicable para el caso concreto" y por ende "queda sin efecto la protección que da esa ley a quienes en principio violaron los derechos humanos durante el período de la dictadura", señaló el abogado Raúl Oxandabarat, portavoz de la Suprema Corte de Justicia.
Mientras los ministros de la Corte analizaron el caso "el trámite judicial estuvo suspendido" pero ahora el juez de primera instancia que lo investiga "podrá retomar las actuaciones que considere oportunas", agregó.
En un operativo coordinado entre represores argentinos y uruguayos, Brum y Corbo, que eran pareja y ella estaba embarazada de más de seis meses, García y Hernández, también pareja y padres de un niño de corta edad, así como Graciela Estefanell fueron trasladados clandestinamente en noviembre de 1974 desde Argentina, donde residían, hasta Uruguay.
Los cinco fueron llevados a un centro de detención clandestino y fusilados cerca de la localidad de Soca, al parecer en represalia por el atentado que costó la vida en París al coronel Ramón Trabal, ex director de Inteligencia del Ejército y entonces agregado militar de la Embajada uruguaya en Francia.
"Es una buena noticia, positiva y que nos refuerza en la lucha, pero sería mucho mejor si la ley no existiera", afirmó hoy a Efe, Efrain Olivera, fundador del Servicio Paz y Justicia (SERPAJ) y ex coordinador del grupo.
"Se sigue avanzando, lentamente, pero avanzando al fin en la búsqueda de verdad y justicia para aclarar lo ocurrido en los años negros de la dictadura", agregó.
El caso, el tercero en que se declara inconstitucional en menos de año y medio la ley que dejó impunes los crímenes de Estado durante la dictadura, es conocido como los "fusilados de Soca", porque ocurrió en la localidad de ese nombre, en el departamento de Canelones.
El fallo de la CSJ sobre los "fusilados de Soca" puede facilitar además la investigación de otros casos como la desaparición de niños durante la dictadura.
Así sucedió por ejemplo con Amaral García, hijo de dos de los fusilados, Floreal García y Mirtha Hernández, denunciante en este caso, que fue secuestrado poco antes de la muerte de sus padres y entregado a la familia de un policía argentino.
Años después García fue localizado por la organización argentina "Abuelas de Plaza de Mayo", actualmente reside en Montevideo y es un activo militante de las causa de defensa de los derechos humanos.
La ley de Caducidad, que puso fin antes de su inicio formal a los juicios contra militares y policías involucrados en violaciones de los derechos humanos durante la dictadura, fue aprobada por el Parlamento uruguayo en 1986, tras el retorno a la democracia, y refrendada por dos plebiscitos en 1989 y 2009.
El año pasado la gobernante coalición de izquierda Frente Amplio envió un proyecto de ley al Parlamento para dejarla sin efecto, lo que generó una fuerte polémica.
Pese a que el partido gobernante tiene mayoría en ambas cámaras, la ley solamente pudo ser aprobada en Diputados pues varios senadores del Frente Amplio se negaron a apoyarla con el argumento de que el pueblo ya había dado su veredicto en las urnas y por dos veces sobre la validez de la norma.
Anteriormente, en noviembre de 2010 la Suprema Corte de Justicia declaró inconstitucional la ley de Caducidad para un caso en el que se acusa al expresidente devenido en dictador Juan María Bordaberry de 20 asesinatos.
En 1973 Bordaberry, presidente constitucional, dio un "auto-golpe" y disolvió el Parlamento, pero tres años después, en 1976, fue derrocado por los militares.
Hace un año fue condenado a 30 años de prisión por atentado a la Constitución.
En octubre de 2009, la CSJ declaró por primera vez inconstitucional la ley de Caducidad para aplicarse en el caso del asesinato en 1974 de la militante comunista Nibia Sabalsagaray.
En 1988, con otros integrantes, la SCJ se pronunció a favor de la polémica ley.
Jorge Figueroa
- La ley de Caducidad que impide los juicios contra militares y policías acusados de violaciones de los derechos humanos durante la dictadura uruguaya (1973-1985) sufrió un nuevo golpe al ser declarada inconstitucional por la Suprema Corte de Justicia (SCJ) para el caso de cinco guerrilleros asesinados.
En virtud de este fallo, del que se informó hoy, la justicia podrá investigar las muertes de Héctor Brum, María de los Ángeles Corbo, Graciela Estefanell, Floreal García y Mirtha Hernández, lo que hasta ahora impedía la llamada "Ley de Caducidad".
El fallo supone que la ley de Caducidad "será inaplicable para el caso concreto" y por ende "queda sin efecto la protección que da esa ley a quienes en principio violaron los derechos humanos durante el período de la dictadura", señaló el abogado Raúl Oxandabarat, portavoz de la Suprema Corte de Justicia.
Mientras los ministros de la Corte analizaron el caso "el trámite judicial estuvo suspendido" pero ahora el juez de primera instancia que lo investiga "podrá retomar las actuaciones que considere oportunas", agregó.
En un operativo coordinado entre represores argentinos y uruguayos, Brum y Corbo, que eran pareja y ella estaba embarazada de más de seis meses, García y Hernández, también pareja y padres de un niño de corta edad, así como Graciela Estefanell fueron trasladados clandestinamente en noviembre de 1974 desde Argentina, donde residían, hasta Uruguay.
Los cinco fueron llevados a un centro de detención clandestino y fusilados cerca de la localidad de Soca, al parecer en represalia por el atentado que costó la vida en París al coronel Ramón Trabal, ex director de Inteligencia del Ejército y entonces agregado militar de la Embajada uruguaya en Francia.
"Es una buena noticia, positiva y que nos refuerza en la lucha, pero sería mucho mejor si la ley no existiera", afirmó hoy a Efe, Efrain Olivera, fundador del Servicio Paz y Justicia (SERPAJ) y ex coordinador del grupo.
"Se sigue avanzando, lentamente, pero avanzando al fin en la búsqueda de verdad y justicia para aclarar lo ocurrido en los años negros de la dictadura", agregó.
El caso, el tercero en que se declara inconstitucional en menos de año y medio la ley que dejó impunes los crímenes de Estado durante la dictadura, es conocido como los "fusilados de Soca", porque ocurrió en la localidad de ese nombre, en el departamento de Canelones.
El fallo de la CSJ sobre los "fusilados de Soca" puede facilitar además la investigación de otros casos como la desaparición de niños durante la dictadura.
Así sucedió por ejemplo con Amaral García, hijo de dos de los fusilados, Floreal García y Mirtha Hernández, denunciante en este caso, que fue secuestrado poco antes de la muerte de sus padres y entregado a la familia de un policía argentino.
Años después García fue localizado por la organización argentina "Abuelas de Plaza de Mayo", actualmente reside en Montevideo y es un activo militante de las causa de defensa de los derechos humanos.
La ley de Caducidad, que puso fin antes de su inicio formal a los juicios contra militares y policías involucrados en violaciones de los derechos humanos durante la dictadura, fue aprobada por el Parlamento uruguayo en 1986, tras el retorno a la democracia, y refrendada por dos plebiscitos en 1989 y 2009.
El año pasado la gobernante coalición de izquierda Frente Amplio envió un proyecto de ley al Parlamento para dejarla sin efecto, lo que generó una fuerte polémica.
Pese a que el partido gobernante tiene mayoría en ambas cámaras, la ley solamente pudo ser aprobada en Diputados pues varios senadores del Frente Amplio se negaron a apoyarla con el argumento de que el pueblo ya había dado su veredicto en las urnas y por dos veces sobre la validez de la norma.
Anteriormente, en noviembre de 2010 la Suprema Corte de Justicia declaró inconstitucional la ley de Caducidad para un caso en el que se acusa al expresidente devenido en dictador Juan María Bordaberry de 20 asesinatos.
En 1973 Bordaberry, presidente constitucional, dio un "auto-golpe" y disolvió el Parlamento, pero tres años después, en 1976, fue derrocado por los militares.
Hace un año fue condenado a 30 años de prisión por atentado a la Constitución.
En octubre de 2009, la CSJ declaró por primera vez inconstitucional la ley de Caducidad para aplicarse en el caso del asesinato en 1974 de la militante comunista Nibia Sabalsagaray.
En 1988, con otros integrantes, la SCJ se pronunció a favor de la polémica ley.
Jorge Figueroa
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