El abogado del foro local e integrante de Abogados por la Justicia Social (AJUS), Guillermo Díaz Martínez, anticipó que los juicios a los represores de la Masacre Capilla del Rosario, se llevarán a cabo en los meses de noviembre o diciembre del presente año. El abogado aseguró que el expediente de la causa se encuentra en Tucumán por todas las apelaciones que presentaron los represores, quienes "niegan todos los hechos que se les imputan".
"Estoy seguro que no se le va a dar lugar a los imputados por que las pruebas son contundentes y fehacientes y no hay duda que cometieron un fusilamiento de lesa humanidad en Catamarca, comentó.
En declaraciones a la prensa, dijo que el juicio se estaría llevando a cabo en noviembre o diciembre próximos, teniendo en cuenta que "la recolección de las pruebas que imputan a los ex-militares está terminada".
El abogado expresó que "Catamarca entró en la historia Oficial", con el hecho producido en Piedra Blanca, a unos 20 kilómetros al norte de la capital, entre el 12 y 16 de agosto de 1974.
Recordó que a partir del año 2004, se abre la causa por el presunto fusilamiento de 16 personas, militantes del Ejército Revoluconario del Pueblo (ERP), quienes previamente habían intentado copar el ex-Regimiento Aerotransportado 17, con asiento en esta capital.
La causa se inició con la ubicación de los cuerpos de cinco de las víctimas quienes estaban enterrados como NN en una fosa común del cementerio municipal Fray Mamerto Esquiú de la capital.
El Equipo Argentino de Antropología Forense exhumó los cuerpos de las cinco víctimas y logró identificar a uno de ellos, Dardo Rutilio Betancour Roth.
Su cuerpo fue repatriado a Uruguay, ya que era de esa nacionalidad, mientras que los restantes cuerpos pertenecerían a Hugo Cacciavillani también uruguayo-, Alberto Rosales Sánchez o Cresencio Molina Ibañez y Francisco Scocimarro.
El abogado Guillermo Díaz Martínez comentó que la causa tuvo un cambio rotundo con la declaración de Mario Marca, un abogado tucumano que ejercía la profesión en Catamarca, quién brindó un testimonio revelador.
Enterado de que un grupo del ERP había sido acorralado en las lomadas adyacentes a la Capilla del Rosario, intuyó que se iba a producir una masacre y corrió hasta el despacho del ministro Alberto Toro, para ofrecerse como mediador para evitar un seguro baño de sangre.
Toro me aconseja que no me meta, aunque insisto en que trate de hacer algo, se pone en contacto con el coronel Eduardo Cubas, Jefe del Regimiento 17, y lo pone al tanto de lo que yo pedía", dijo Marca.
Entonces Cubas le responde que era imposible cualquier arreglo o mediación, porque el general Antonio Vaquero, segundo Jefe del Tercer Cuerpo de Ejército, ya había dado la orden de aniquilar y así ocurrieron los hechos, porque "fueron, los rodearon y los mataron, denunció Marca años después.
Dijo que el juez federal de Catamarca, Ricardo Antonio Moreno confirmó la prisión preventiva para Jorge Acosta, Mario Nakagama y Carlos Eduardo Carrizo Salvadores acusados por el fusilamiento de 16 integrantes del PRT-ERP (Partido Revolucionario de los Trabajadores-Ejército Revolucionario del Pueblo), aunque ese fallo fue apelado y se espera la resolución final.
La decisión fue firmada por el juez luego de que los represores fueran indagados, acusados del delito de "homicidio doblemente calificado por alevosía y por ser cometido como integrante de una fuerza de seguridad".
"Estoy seguro que no se le va a dar lugar a los imputados por que las pruebas son contundentes y fehacientes y no hay duda que cometieron un fusilamiento de lesa humanidad en Catamarca, comentó.
En declaraciones a la prensa, dijo que el juicio se estaría llevando a cabo en noviembre o diciembre próximos, teniendo en cuenta que "la recolección de las pruebas que imputan a los ex-militares está terminada".
El abogado expresó que "Catamarca entró en la historia Oficial", con el hecho producido en Piedra Blanca, a unos 20 kilómetros al norte de la capital, entre el 12 y 16 de agosto de 1974.
Recordó que a partir del año 2004, se abre la causa por el presunto fusilamiento de 16 personas, militantes del Ejército Revoluconario del Pueblo (ERP), quienes previamente habían intentado copar el ex-Regimiento Aerotransportado 17, con asiento en esta capital.
La causa se inició con la ubicación de los cuerpos de cinco de las víctimas quienes estaban enterrados como NN en una fosa común del cementerio municipal Fray Mamerto Esquiú de la capital.
El Equipo Argentino de Antropología Forense exhumó los cuerpos de las cinco víctimas y logró identificar a uno de ellos, Dardo Rutilio Betancour Roth.
Su cuerpo fue repatriado a Uruguay, ya que era de esa nacionalidad, mientras que los restantes cuerpos pertenecerían a Hugo Cacciavillani también uruguayo-, Alberto Rosales Sánchez o Cresencio Molina Ibañez y Francisco Scocimarro.
El abogado Guillermo Díaz Martínez comentó que la causa tuvo un cambio rotundo con la declaración de Mario Marca, un abogado tucumano que ejercía la profesión en Catamarca, quién brindó un testimonio revelador.
Enterado de que un grupo del ERP había sido acorralado en las lomadas adyacentes a la Capilla del Rosario, intuyó que se iba a producir una masacre y corrió hasta el despacho del ministro Alberto Toro, para ofrecerse como mediador para evitar un seguro baño de sangre.
Toro me aconseja que no me meta, aunque insisto en que trate de hacer algo, se pone en contacto con el coronel Eduardo Cubas, Jefe del Regimiento 17, y lo pone al tanto de lo que yo pedía", dijo Marca.
Entonces Cubas le responde que era imposible cualquier arreglo o mediación, porque el general Antonio Vaquero, segundo Jefe del Tercer Cuerpo de Ejército, ya había dado la orden de aniquilar y así ocurrieron los hechos, porque "fueron, los rodearon y los mataron, denunció Marca años después.
Dijo que el juez federal de Catamarca, Ricardo Antonio Moreno confirmó la prisión preventiva para Jorge Acosta, Mario Nakagama y Carlos Eduardo Carrizo Salvadores acusados por el fusilamiento de 16 integrantes del PRT-ERP (Partido Revolucionario de los Trabajadores-Ejército Revolucionario del Pueblo), aunque ese fallo fue apelado y se espera la resolución final.
La decisión fue firmada por el juez luego de que los represores fueran indagados, acusados del delito de "homicidio doblemente calificado por alevosía y por ser cometido como integrante de una fuerza de seguridad".
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